Inspección en terreno tras nueve años de seguimiento
La Corte Constitucional realizará entre el 26 y el 28 de agosto una nueva inspección judicial en cuatro municipios de La Guajira —Riohacha, Uribia, Manaure y Maicao— para evaluar el grado de cumplimiento de las órdenes relacionadas con el acceso al agua y otros derechos de la niñez wayuu. La diligencia fue convocada por la Sala Especial de Seguimiento mediante el Auto 1017 de 2026.
Se trata de la tercera visita de verificación que hace la Corte en territorio wayuu desde que, hace nueve años, declaró un estado de cosas inconstitucional por la crisis que afecta a la población infantil en materia de agua, alimentación y salud. La inspección llega a pocas semanas de que la Sala calificara como bajo el cumplimiento de las órdenes relacionadas con el primer objetivo constitucional mínimo: el acceso al agua.
Plazos, estándares y responsabilidades
En la evaluación previa, la Corte mantuvo el estándar de referencia de 20 litros diarios por persona como mínimo indispensable, y rechazó la propuesta de reducir ese umbral a poco más de cinco litros planteada por una entidad del Ejecutivo. Además, fijó un plazo improrrogable de tres meses para que el Ministerio con competencia en la materia acredite que al menos el 66 % de la niñez wayuu identificada cuenta con acceso efectivo al agua.
La Sala también compulsó copias a la Procuraduría y a la Fiscalía por los presuntos incumplimientos reiterados del Ministerio, de la Corporación Autónoma Regional de La Guajira (Corpoguajira) y de las alcaldías de Maicao, Manaure y Uribia. Con esas determinaciones la Corte busca que las autoridades responsables den cuenta en sede administrativa y penal, según corresponda, de los retrasos en la ejecución de las medidas ordenadas.
Qué verificará la Corte en el terreno
La inspección servirá para constatar, entre otros aspectos, el acceso efectivo al agua con base en el estándar fijado, la ejecución de las medidas de abastecimiento y tratamiento, y el impacto en la alimentación escolar y la salud de la población infantil wayuu. La diligencia también evaluará la coordinación interinstitucional entre entidades nacionales, regionales y locales, cuyo déficit ha sido señalado en evaluaciones anteriores.
- Fechas de inspección: 26–28 de agosto de 2026.
- Municipios: Riohacha, Uribia, Manaure, Maicao.
- Objetivos: verificar acceso al agua, alimentación escolar y cumplimiento de órdenes judiciales.
Actores que integran la diligencia
La Sala Especial de Seguimiento que hará la verificación está integrada por la presidenta de la Corte, magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, y los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Carlos Camargo Assis, quien preside la sala. La presencia judicial en el territorio permitirá corroborar la información que las entidades responsables han presentado en sus informes escritos y confrontarla con la realidad de las comunidades.
Contexto y antecedentes
El proceso de seguimiento comenzó tras la declaración del estado de cosas inconstitucional que puso en evidencia la gravedad y persistencia de la crisis humanitaria que afecta a la niñez wayuu. Desde entonces la Corte ha ordenado una serie de medidas institucionales y programáticas para garantizar el acceso al agua y la atención en salud y nutrición, pero los informes de avance y las visitas de verificación han encontrado incumplimientos y retrasos periódicos.
| Elemento | Determinación reciente |
|---|---|
| Estándar mínimo de agua | 20 litros diarios por persona |
| Plazo fijado | 3 meses para demostrar acceso efectivo al 66 % de la niñez identificada |
| Entidades compulsadas | Procuraduría y Fiscalía |
Qué puede pasar después de la inspección
La verificación en terreno permitirá a la Corte actualizar su evaluación sobre el cumplimiento de las órdenes y decidir las medidas de seguimiento o coerción necesarias. Si persisten los incumplimientos, la Sala podría ampliar las compulsas a otras autoridades, ordenar acciones correctivas concretas, o solicitar informes adicionales que detallen planes y cronogramas con metas verificables.
La diligencia también constituye un llamado de atención para las entidades territoriales y nacionales responsables de la ejecución: las evidencias que la Corte recoja en campo serán determinantes para la continuidad del seguimiento judicial y para eventuales decisiones administrativas o disciplinarias por la Procuraduría y la Fiscalía.