Un juez de La Guajira falló a favor de una acción de tutela presentada por Kelly Johanna Bula Mendoza y concluyó que Proteger EPS S.A.S. y la distribuidora Logifarma vulneraron derechos fundamentales de su hijo, un menor de edad que requiere atención continua por múltiples condiciones médicas. Según el expediente, la decisión obliga a las entidades a adoptar medidas concretas para garantizar el tratamiento del niño.
Condiciones de salud del menor y limitaciones en la atención
El documento judicial detalla que el niño padece diabetes mellitus tipo 1, trastorno del espectro autista, convulsiones vegetativas y un defecto en el tabique ventricular. Estas patologías demandan atención permanente, suministro oportuno de medicamentos e insumos, y monitoreo continuo.
La madre relató que durante los últimos tres años tuvo que realizar numerosas gestiones ante la EPS (antes conocida como Cajacopi) para obtener autorizaciones, recetas, citas y exámenes. Señaló demoras sistemáticas que, en algunos casos, provocaron el vencimiento de órdenes médicas antes de que se concretaran los servicios solicitados, lo que obligaba a volver a consulta para tramitar nuevas prescripciones.
Retrasos en la entrega de dispositivos clave
Uno de los episodios que pesó en la decisión judicial fue la demora en la entrega de los sensores para el monitoreo de la glucosa requeridos por endocrinología pediátrica. El expediente indica que los dispositivos fueron solicitados en junio y efectivamente entregados hasta el 12 de agosto, tras reclamos, mensajes y la presentación de un derecho de petición.
| Evento | Fecha o periodo |
|---|---|
| Período de gestiones y reclamaciones | Últimos 3 años |
| Solicitud de sensores para monitoreo de glucosa | Solicitados en junio — entregados el 12 de agosto |
| Tiempo declarado para algunas autorizaciones | Más de 10 días hábiles, según la madre |
Respuesta de Proteger EPS
En el proceso, Proteger EPS se defendió ante la autoridad judicial argumentando que había gestionado y autorizado servicios, sensores, ecografías, controles, suplementos y transporte, y negó haber vulnerado los derechos del menor. A pesar de estas afirmaciones, el juzgado consideró acreditadas las fallas en la prestación del servicio y ordenó medidas para asegurar la continuidad del tratamiento.
Impacto y elementos prácticos para familias
El caso pone sobre la mesa problemas frecuentes en la relación entre usuarios y aseguradoras de servicios de salud: dilaciones en autorizaciones, trámites administrativos que requieren múltiples desplazamientos y la falta de oportunidad en la entrega de insumos indispensables.
- Recomendación para familias: conservar constancias de solicitudes, reclamaciones y derechos de petición para respaldar posibles acciones legales.
- Plazo observado: cuando una EPS demora más de diez días hábiles en autorizar servicios esenciales, la situación puede constituir vulneración de derechos, según relatan casos similares.
- Importancia del monitoreo: dispositivos como los sensores de glucosa son críticos en diabetes tipo 1 y su ausencia puede afectar la salud inmediata del paciente.
La sentencia, además de reconocer la vulneración, impuso órdenes concretas a Proteger EPS y a Logifarma para restablecer la atención integral del menor. El fallo busca evitar que nuevos retrasos comprometan la salud del niño y establece un precedente de protección de derechos en La Guajira.
Contexto regional y posibles repercusiones
En un departamento con barreras de acceso a servicios de salud y poblaciones vulnerables, las decisiones judiciales que obligan a las aseguradoras a garantizar prestación oportuna adquieren relevancia pública. Fallos de este tipo pueden impulsar cambios administrativos dentro de las EPS, así como mayor diligencia en la cadena de suministro de insumos médicos por parte de distribuidores como Logifarma.
Queda por conocer el seguimiento que la autoridad judicial hará al cumplimiento de las órdenes y si la EPS implementa medidas internas para acortar los tiempos de respuesta y evitar que las órdenes médicas lleguen a vencerse.