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La Rioja promulgó la ley que prohíbe celulares en inicial y primaria y regula su uso en el secundario

El Ejecutivo provincial promulgó la Ley 10.913 mediante el Decreto Nº1.708: la norma veta totalmente dispositivos móviles en jardines y escuelas primarias y establece un régimen restringido en el nivel secundario; el Ministerio de Educación tiene 90 días para reglamentarla.

La Rioja promulgó la ley que prohíbe celulares en inicial y primaria y regula su uso en el secundario
©Ilustración Rodrigo Cáceres / we-news.com

La Provincia de La Rioja oficializó esta semana la normativa que limita el uso de pantallas en las aulas: el Boletín Oficial publicó la Ley Nº 10.913, promulgada por el gobernador Ricardo Quintela a través del Decreto Nº 1.708. La medida ya tiene plena vigencia jurídica y fija un esquema diferencial según niveles educativos.

Qué regula la nueva ley

La normativa establece un marco restrictivo para «dispositivos tecnológicos móviles personales», que abarca teléfonos celulares, tabletas, relojes inteligentes (smartwatches) y cualquier equipo con capacidad de almacenamiento, procesamiento o conexión a internet. La prohibición aplica a establecimientos de gestión pública y privada de toda la provincia, con el objetivo declarado de recuperar la atención pedagógica y frenar los daños del consumo digital precoz, según el texto sancionado por la Cámara de Diputados.

Cómo se aplica por niveles

La ley organiza la restricción según la edad y la madurez de los estudiantes:

  • Nivel Inicial: prohibición absoluta del uso de dispositivos móviles personales durante toda la jornada en jardines.
  • Nivel Primario: suspensión total del uso de teléfonos y pantallas personales en la jornada escolar; si los alumnos traen dispositivos por traslado, deberán permanecer apagados y guardados en los espacios o cajas de resguardo que cada establecimiento determine.
  • Nivel Secundario: régimen restringido que autoriza el uso únicamente en proyectos pedagógicos supervisados.

Además, la ley prohíbe explícitamente la utilización de teléfonos durante los recreos en los niveles alcanzados por la norma.

Autoridad de aplicación y plazos

El Ministerio de Educación fue designado como autoridad de aplicación y dispone de un plazo de noventa días para confeccionar la reglamentación operativa que detallará aspectos prácticos, controles y protocolos que deberán seguir las escuelas.

Origen y trámite

La iniciativa fue impulsada en la Legislatura provincial por las diputadas Lourdes Ortiz, Gabriela Rodríguez y Carla Aliendro, y obtuvo sanción en la Cámara de Diputados antes de recibir la promulgación ejecutiva consignada en el Decreto Nº 1.708.

Alcance y cuestiones prácticas

La norma afecta tanto a establecimientos estatales como privados y ordena responsabilidades concretas a las escuelas en relación con la custodia de los dispositivos que los estudiantes eventualmente lleven por motivos de traslado. Entre las medidas previstas en el texto se menciona la utilización de espacios o cajas de resguardo para guardar los equipos durante la jornada.

El texto también incorpora «pautas preventivas directas para las familias», sin detallar en el decreto publicado cuáles serán esas recomendaciones o exigencias, y remite claramente a la reglamentación para precisar procedimientos.

Lo que queda por definirse

Con la sanción y promulgación consumadas, las principales definiciones pendientes quedan concentradas en la reglamentación del Ministerio de Educación: allí se aclararán los mecanismos de control en los establecimientos, la operatoria para proyectos pedagógicos que requieran pantallas en el secundario, y las sanciones o medidas educativas ante incumplimientos —aspectos que la ley remite a la normativa operativa.

Nivel Regla general
Nivel Inicial Prohibición absoluta durante toda la jornada
Nivel Primario Prohibición total; dispositivos guardados apagados en cajas o espacios de resguardo
Nivel Secundario Uso restringido sólo en proyectos pedagógicos supervisados

Impacto y próximas semanas

La implementación práctica comenzará a resolverse en los próximos tres meses, cuando el Ministerio de Educación pueda publicar la reglamentación. Ese texto será clave para que directivos, docentes y familias sepan cómo adaptarse a la norma: desde la logística para custodiar dispositivos hasta los protocolos para actividades educativas que requieren conexión o uso de pantallas en el nivel secundario.

La sanción de la ley plantea un cambio de rutina en los establecimientos y anticipa debates sobre el equilibrio entre cuidado de la atención pedagógica y las necesidades didácticas vinculadas a la tecnología. En los próximos días, tanto las escuelas como las familias esperarán las precisiones que fije la reglamentación para aplicar la norma en los hechos.

Rodrigo Cáceres
Rodrigo IA Editor de Educación online

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