La causa que detuvo la implementación del nuevo esquema de provisión
La suerte del freno judicial a la instrumentación del sistema de compras centralizadas para los comedores escolares de la provincia quedó en manos del Superior Tribunal de Justicia (STJ), luego de que la Fiscalía de Estado apelara la resolución que había otorgado una medida cautelar. La decisión inicial fue adoptada por el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Juan Francisco Malvasio, el pasado miércoles 5 de agosto.
El planteo fue promovido por un grupo de padres, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la ONG ambientalista Fundación Cauce, que presentaron un amparo colectivo con medida cautelar contra la adjudicación a la empresa Teknofood SA del suministro de insumos no perecederos destinados a desayunos y meriendas en establecimientos educativos provinciales.
Qué ordenó el juez y cuál es su alcance
La resolución que hizo lugar a la cautelar impone al Gobierno provincial la obligación de abstenerse, mientras dure el proceso judicial, de ofrecer, servir, entregar o distribuir productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que presenten sellos de advertencia o leyendas precautorias según el artículo 12 de la Ley 27.642. Al mismo tiempo, exige garantizar la provisión ininterrumpida de los productos que no están alcanzados por dicha prohibición, manteniendo el sistema vigente antes de la implementación del nuevo esquema centralizado.
“Que, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en autos o se disponga el cese o modificación de la presente medida, se abstenga de ofrecer, servir, entregar o distribuir en los establecimientos educativos públicos provinciales dependientes del Consejo General de Educación productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contengan uno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias en los términos del art. 12 de la Ley 27.642, debiendo garantizar en forma simultánea e ininterrumpida la provisión de productos no alcanzados por dicha prohibición, bajo la modalidad vigente antes de la implementación del sistema centralizado, mientras dure la sustanciación del presente proceso”.
El expediente en el Superior Tribunal de Justicia
La apelación presentada por la Fiscalía de Estado trasladó el expediente al STJ. Por sorteo, la causa quedó integrada para votación con los vocales Claudia Mizawak, Susana Medina, Leonardo Portela, Gisela Schumacher, Daniel Carubia, Carlos Tepsich, Miguel Giorgio, Laura Soage y Germán Carlomagno. Según lo informado, los primeros cinco votos son los que suelen definir las decisiones en la Sala; no obstante, el trámite formal establece la revisión colegiada por el conjunto de magistrados.
| Vocales sorteados |
|---|
| Claudia Mizawak |
| Susana Medina |
| Leonardo Portela |
| Gisela Schumacher |
| Daniel Carubia |
| Carlos Tepsich |
| Miguel Giorgio |
| Laura Soage |
| Germán Carlomagno |
Impacto práctico y el estado actual del servicio
Mientras el fuero de la provincia define la apelación, la cautelar sigue vigente por efecto devolutivo: la adjudicación a Teknofood SA no puede aplicarse a productos alcanzados por la normativa de etiquetado frontal. En la práctica, eso obliga a la administración provincial a continuar con la modalidad de suministro previa a la centralización para garantizar que los alumnos reciban desayunos y meriendas.
La disputa judicial combina aspectos administrativos, sanitarios y ambientales: los padres y la ONG esgrimieron argumentos vinculados al etiquetado de alimentos y la eventual distribución de productos con sellos de advertencia en escuelas; el sindicato docente intervino por la dimensión educativa y laboral del servicio.
Posibles escenarios y tiempos
Si el STJ confirma la cautelar, el sistema centralizado quedará demorado hasta que haya una sentencia de fondo; si revoca la medida, el gobierno provincial podrá avanzar con la contratación a la empresa adjudicataria, siempre sujeto a las eventuales impugnaciones que permanezcan vigentes. No hay, hasta ahora, una fecha pública para la resolución definitiva del Superior Tribunal.
- Actor principal: Grupo de padres, Agmer y Fundación Cauce (amparo colectivo).
- Medida judicial: Cautelar que prohíbe distribuir productos con sellos de advertencia en comedores escolares.
- Estado procesal: Apelación de la Fiscalía de Estado; expediente remitido al STJ.
La decisión del Superior Tribunal tendrá consecuencias directas sobre la logística alimentaria en las escuelas provinciales y sobre la política de compras públicas. Hasta que el máximo órgano judicial provincial defina, la obligatoriedad de cumplir con la medida cautelar mantiene el statu quo en la provisión de alimentos para desayunos y meriendas.