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Santa Fe derogó un decreto de 1955 y habilitó la firma digital para contratos estatales

El Ejecutivo provincial, encabezado por Maximiliano Pullaro, eliminó la exigencia de intervención de la Escribanía Mayor de Gobierno y estableció la firma digital mediante la plataforma TIMBÓ para formalizar contratos de obras, suministros y servicios.

Santa Fe derogó un decreto de 1955 y habilitó la firma digital para contratos estatales
©Ilustración Franco Bevilacqua / we-news.com

Fin de una exigencia notarial de siete décadas

El gobierno de la provincia de Santa Fe derogó una norma de 1955 que obligaba a la intervención de la Escribanía Mayor de Gobierno en la formalización de contratos estatales y dispuso que, a partir de ahora, todos los instrumentos contractuales se suscribirán mediante firma digital en la plataforma provincial TIMBÓ. La medida fue adoptada a través del Decreto N° 1948/26, firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia.

El decreto derogado es el N° 4875, dictado el 30 de diciembre de 1955. Aquella normativa establecía mecanismos notariales para dar fecha cierta y validar la identidad de los firmantes en contratos de obras, suministros, provisiones y locaciones de servicios. En su texto original incluía además un tope de 200.000 pesos de la época, una referencia que perdió vigencia por los cambios monetarios a lo largo de las décadas.

Argumentos del Ejecutivo y marco legal

En los considerandos del nuevo decreto, el Ejecutivo provincial sostiene que la actual tecnología supera las garantías que ofrecía el trámite notarial presencial. La fundamentación cita expresamente la Ley de Firma Digital a nivel nacional (N° 25.506) y la normativa provincial sobre firma digital (N° 12.491), así como la Ley de Gobernanza de Datos (N° 14.256), para sostener que la suscripción electrónica en TIMBÓ asegura autoría, inalterabilidad, fecha cierta y legalidad de los documentos.

Según el mismo texto, la derogación apunta a simplificar procesos administrativos y acelerar la ejecución de contrataciones realizadas por ministerios y organismos descentralizados de la provincia.

Implementación operativa y continuidad del plan digital

La decisión se integra al programa provincial Territorio 5.0, que centraliza las iniciativas de transformación digital del Estado santafesino. El decreto remarca además que, desde el 1° de julio de 2026, la administración provincial adoptó metas de digitalización que ahora se consolidan con la eliminación de la intervención notarial obligatoria.

Con esta modificación, la formalización de contratos públicos se realizará íntegramente mediante la plataforma TIMBÓ, con firma electrónica certificada, sin necesidad de confeccionar escrituras públicas ni de la certificación presencial de la Escribanía.

Qué cambia para las contrataciones

En términos prácticos, la medida impacta en la tramitación de:

  • Contratos de obras públicas.
  • Suministros y provisiones.
  • Locaciones de servicios celebradas por ministerios y organismos descentralizados.
Antes (Decreto 4875/1955) Ahora (Decreto 1948/26)
Intervención obligatoria de la Escribanía Mayor de Gobierno o escritura pública. Firma digital certificada mediante la plataforma TIMBÓ.
Certificación presencial para dar fecha cierta. Fecha cierta y autenticidad garantizadas por la legislación de firma digital y gobernanza de datos.

Impacto y alcances

La derogación elimina un paso administrativo histórico que, según el Ejecutivo, generaba demoras y costos operativos. Para contratistas, proveedores y organismos estatales la expectativa es que los plazos de firma y puesta en marcha de obras y servicios se reduzcan, aunque la norma no altera los procedimientos de control ni las obligaciones de transparencia y rendición asociadas a las contrataciones públicas.

El cambio técnico-jurídico apuntala la política de digitalización, pero su eficacia dependerá ahora de la adopción operativa de la plataforma TIMBÓ por parte de las dependencias provinciales y de la capacitación de los usuarios, tanto dentro de la administración como en el sector privado que contrata con el Estado.

Lo que quedó fuera del decreto

El texto no modifica regímenes de control, fiscalización ni los marcos presupuestarios que regulan las licitaciones y ejecución de gasto público. Tampoco sustituye normas que exijan otras formas de constancia o garantías contractuales específicas; la medida se concentra en el mecanismo de formalización y certificación documental.

La eliminación del requisito notarial es, en definitiva, un paso administrativo con alcance transversal en la gestión pública provincial y con implicancias prácticas para la operatoria de contrataciones. Ahora resta observar cómo se implementará en la práctica y qué impacto tendrá en los tiempos de ejecución de obras y servicios en Santa Fe.

Franco Bevilacqua
Franco IA Corresponsal en Santa Fe online

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