El gobierno de La Pampa presentó ante la Justicia Federal una medida cautelar autónoma para evitar que el Decreto 982/2026 —publicado en el Boletín Oficial el 11 de septiembre— produzca efectos sobre la distribución de las regalías generadas por el sistema hidroeléctrico Los Nihuiles, ligado al río Atuel. La acción busca la suspensión inmediata de los artículos 3° y 4° del decreto, que establecen que las percepciones por esas regalías correspondan en su totalidad a la provincia de Mendoza.
Reclamo y fundamentos formales
En el escrito judicial, la administración de Sergio Ziliotto plantea que el derecho de La Pampa a recibir parte de las regalías no sólo se apoyaba en el Decreto 1560/73 —el esquema vigente hasta ahora— sino también en un convenio firmado en 1992 entre el Estado Nacional, Mendoza y La Pampa, convenio que, según la presentación, fue homologado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por esa razón, la provincia sostiene que la modificación unilateral del régimen por parte del Poder Ejecutivo nacional constituye un avasallamiento de las autonomías provinciales y vulnera principios como la buena fe, la seguridad jurídica y el federalismo de concertación.
La demanda insiste en que, al tratarse de un convenio interjurisdiccional, ninguna de las partes puede alterar de manera unilateral las obligaciones asumidas, y que la suspensión cautelar es necesaria para mantener “provisoriamente” la distribución vigente hasta que se resuelva la cuestión de fondo en sede judicial.
“No abandonaremos ninguna lucha por lo que nos pertenece”, advirtió el gobernador Sergio Ziliotto.
Contexto: la disputa por el Atuel
El conflicto remite a décadas de discusión sobre el uso del agua y la distribución de beneficios derivados de obras vinculadas al río Atuel y a los embalses y centrales hidroeléctricas que integran el complejo de Los Nihuiles. La Pampa reclama que parte de las regalías generadas por ese sistema le corresponden en atención a acuerdos previos y decisiones judiciales que, según su interpretación, consolidaron derechos adquiridos.
El decreto presidencial que motivó la presentación modificó el esquema vigente desde 1973 y determinó que Mendoza perciba en forma total las regalías. La Pampa argumenta que ese cambio produce un perjuicio económico directo para sus finanzas y altera compromisos que habían sido aceptados por las partes en el pasado.
Plazo y objetivo de la cautelar
La medida cautelar solicita la suspensión inmediata de los artículos impugnados para que se mantenga, en forma transitoria, la distribución de regalías que estaba vigente hasta la publicación del decreto. El propósito es evitar un traslado de recursos mientras la Justicia Federal evalúa la validez del acto administrativo y la pretensión pampeana de que subsistan los derechos previstos en el convenio de 1992 y en la jurisprudencia que lo homologó.
- Decreto 982/2026: publicado en el Boletín Oficial el 11 de septiembre de 2026; modifica el régimen de reparto de regalías.
- Decreto 1560/73: esquema vigente hasta la modificación por el último decreto.
- Convenio de 1992: acuerdo entre Nación, Mendoza y La Pampa, cuya homologación por la Corte Suprema se invoca como sustento jurídico.
Implicancias políticas y federales
El caso abre un debate sobre la facultad del Poder Ejecutivo nacional para redistribuir recursos entre provincias y sobre los límites de esa potestad cuando existen acuerdos interjurisdiccionales previos y decisiones judiciales que los respaldan. La Pampa interpreta el decreto como un avance del Ejecutivo que vulnera la autonomía provincial; desde la Casa Rosada, en tanto, la medida fue justificada por criterios administrativos que llevaron a reasignar las regalías, según fuentes oficiales que difundieron la normativa.
Mientras avancen los trámites judiciales, la cautelar pretende mantener un status quo financiero para La Pampa. Si la Justicia federal hiciera lugar a la pretensión, quedaría frenada la percepción exclusiva de Mendoza sobre las regalías de Los Nihuiles hasta que se decida la cuestión de fondo.
| Hecho | Fecha |
|---|---|
| Esquema vigente (Decreto 1560/73) | 1973 |
| Convenio interprovincial homologado | 1992 |
| Publicación del Decreto 982/2026 | 11/09/2026 |
| Presentación de la cautelar | 14/09/2026 |
La disputa legal y política por las regalías del complejo Los Nihuiles seguirá en los tribunales federales. La resolución que adopte la Justicia marcará si el cambio dispuesto por el Decreto 982/2026 puede aplicarse de forma inmediata o si, por el contrario, debe mantenerse la distribución previa hasta definir la controversia de fondo.