El Poder Ejecutivo nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 771/2026, que incorpora de manera expresa al Ministerio de Salud la responsabilidad de diseñar y ejecutar políticas públicas sobre la ludopatía vinculada a juegos de azar y apuestas. La norma modifica la Ley de Ministerios Nº 22.520 y amplía las atribuciones de la cartera sanitaria.
Qué cambia en las competencias ministeriales
La principal modificación recae en el artículo 23, inciso 47, que ahora obliga al Ministerio de Salud a intervenir en el diseño y ejecución de políticas relacionadas con la prevención y tratamiento de consumos de sustancias psicoactivas y extiende explícitamente esas tareas al campo de la ludopatía. El decreto subraya que la intervención no se limitará al tratamiento de personas con juego compulsivo, sino que abarcará acciones de prevención, concientización, capacitación e investigación con un enfoque integral.
- Prevención: estrategias para reducir la incidencia del juego problemático.
- Concientización: campañas públicas y programas informativos.
- Capacitación: formación de equipos sanitarios y otros actores.
- Investigación: generación de evidencia sobre la magnitud y características del problema.
Otras facultades que suma la cartera sanitaria
Además de las acciones específicas contra la ludopatía, el decreto introduce cambios en otras áreas de competencia del Ministerio de Salud. Entre las nuevas atribuciones figura la participación en la fiscalización de productos medicinales, biológicos, drogas, hierbas medicinales y materiales e instrumentos médicos. También se le asigna participación en la determinación de sustancias prohibidas o de uso condicionado en ciertos productos.
En materia de alimentos, la normativa aclara que el Ministerio intervendrá en su normatización y rectoría dentro del ámbito de sus competencias, asumiendo un rol más activo en la regulación sanitaria del sector alimentario.
| Área | Nueva atribución |
|---|---|
| Ludopatía | Prevención, tratamiento, concientización, capacitación e investigación |
| Productos médicos | Fiscalización y participación en determinación de sustancias |
| Alimentos | Normatización y rectoría sanitaria |
Rendición y control parlamentario
El decreto establece, además, que el Ejecutivo deberá informar estos cambios ante la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la regulación. Esa instancia funcionará como cauce para que el Legislativo tome conocimiento de las modificaciones introducidas en las competencias ministeriales.
La ampliación de funciones del Ministerio de Salud implica un traspaso de responsabilidades que podría requerir recursos humanos y presupuestarios adicionales, la elaboración de protocolos y la coordinación con otras áreas del Estado y con jurisdicciones provinciales. La norma no detalla en el texto publicado los financiamientos ni el cronograma de implementación de las nuevas políticas.
Desde una perspectiva sanitaria, integrar la ludopatía en el ámbito de la salud pública permite abordar la problemática como un fenómeno de salud que combina factores individuales, sociales y económicos, y que habitualmente requiere intervenciones preventivas y de tratamiento integradas. La inclusión de tareas de investigación también abre la puerta a la generación de datos para dimensionar la problemática en población argentina.
Este cambio normativo llega en un momento en que el juego online y las apuestas deportivas han aumentado su presencia en el país, lo que plantea desafíos regulatorios y de protección de grupos vulnerables. La participación del Ministerio de Salud en la fiscalización de productos y en la normatización alimentaria también puede implicar mayor control sanitario en sectores donde confluyen intereses comerciales y salud pública.
La información publicada en este artículo se basa en el texto oficial del Decreto 771/2026. No reemplaza la consulta con profesionales de la salud; ante dudas sobre adicciones o el impacto del juego en la vida personal o familiar, se recomienda buscar asesoramiento médico o psicológico especializado.