El Ministerio de Salud de la Nación publicó en el Boletín Oficial la resolución que reglamenta la atención de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional, retomando lo dictado en el DNU 366/2025. La norma establece mecanismos para que los hospitales nacionales cobren por prestaciones a extranjeros que no acrediten residencia en el país, aunque mantiene la atención de emergencias sin restricciones.
Qué dispone la resolución
Según la resolución, la normativa no modifica el acceso al sistema de salud para las personas extranjeras con residencia permanente: quienes acrediten su condición migratoria con su DNI mantienen el mismo régimen que los argentinos. Para las personas extranjeras no residentes, en cambio, la reglamentación habilita dos vías para el cobro de prestaciones:
- Si la persona cuenta con seguro de salud, el establecimiento podrá facturar directamente a la aseguradora.
- Si no tiene cobertura, deberá abonar previamente la prestación.
Las emergencias sanitarias quedan excluidas de estas limitaciones: el documento confirma que la atención en situaciones de urgencia continuará realizándose sin restricciones.
“campaña antiargentina”
La medida se difunde semanas después de que el Gobierno denunciara en redes una “campaña antiargentina” y avanzara con otras reformas en materia migratoria. El punto referido al cobro de servicios ya figuraba en el DNU 366 de mayo de 2025, que además incorporó requisitos más exigentes para el ingreso al país y para acceder a la residencia permanente.
Contexto y antecedentes
El decreto del año pasado incluyó, además, facultades para que universidades y hospitales nacionales facturen prestaciones a extranjeros sin residencia. En el área educativa, la implementación del arancelamiento generó resistencia por parte de algunas casas de estudio; según el material difundido junto con la resolución, en Salud ese mecanismo tampoco había sido aplicado hasta ahora y la nueva resolución establece el procedimiento operativo para hacerlo efectivo.
El ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, aparece como la autoridad responsable de la medida en la publicación oficial. El Gobierno precisó que la norma reglamentaria define cómo se efectuará la facturación y el cobro, sin modificar el acceso de residentes permanentes ni la atención de urgencias.
Posibles efectos y preguntas abiertas
La reglamentación plantea interrogantes operativos y éticos que enfrentarán los hospitales administrados por el Estado nacional: cómo se verificará en la práctica la condición migratoria, qué criterios se aplicarán para definir la cobertura de lo que debe considerarse prestación preventiva frente a una urgencia, y de qué manera se coordinará la facturación con aseguradoras internacionales o locales que eventualmente cubran a las personas extranjeras.
También surgen dudas sobre el impacto financiero y administrativo para centros de salud con fuertes demandas de atención: obligar a cobrar anticipadamente puede complicar el acceso para personas en situaciones de vulnerabilidad o con recursos limitados, aún cuando no se trate de casos de emergencia.
| Situación | Acción según la resolución |
|---|---|
| Extranjeros con residencia permanente | Mismo acceso que argentinos (acreditar con DNI) |
| Extranjeros no residentes con seguro | Hospital puede facturar a la aseguradora |
| Extranjeros no residentes sin seguro | Pago previo de la prestación |
| Emergencias | Atención sin restricciones |
La resolución está orientada a formalizar cobros que ya figuraban en la reforma migratoria, pero su ejecución práctica dependerá de instrucciones internas, sistemas de cobro y coordinación con otras instituciones. También será central el papel de los equipos de salud y de las autoridades sanitarias en la definición de protocolos para garantizar la atención clínica adecuada, evitando demoras en situaciones críticas.
Esta información explica el contenido de la reglamentación publicada oficialmente y no sustituye una consulta profesional. Para dudas sobre casos concretos de cobertura o atención, corresponde consultar al centro de salud o al organismo competente.