Salud Chaco (H)

Chaco crea un registro para restringir créditos a personas con ludopatía y consumos problemáticos

La Legislatura chaqueña sancionó un régimen que incorpora un Registro Provincial de Protección para evitar el sobreendeudamiento de personas con adicciones. La inscripción podrá ser voluntaria o judicial y contempla bloqueos financieros totales o parciales con mecanismos de apoyo.

Chaco crea un registro para restringir créditos a personas con ludopatía y consumos problemáticos
©Ilustración Melina Zeitune / we-news.com

La Cámara de Diputados de la provincia aprobó de forma definitiva una ley que busca prevenir el sobreendeudamiento de personas con consumos problemáticos y ludopatía mediante la creación de un mecanismo administrativo y judicial para limitar el acceso a ciertas herramientas financieras.

Qué establece la nueva normativa

La ley, impulsada por el legislador Santiago Pérez Pons, organiza un Régimen de Protección de Solvencia y Prevención del Sobreendeudamiento por Consumos Problemáticos. Su eje es un registro provincial —llamado Registro Provincial de Protección (RPP)— que funcionará como base de datos confidencial y gratuita para identificar a las personas alcanzadas por las restricciones financieras.

La norma articula medidas de protección patrimonial con procedimientos vinculados a la salud mental y con el Código Procesal de Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia, con la intención de ofrecer una respuesta integral ante situaciones de vulnerabilidad económica derivadas de adicciones.

"El acceso al crédito es un derecho, pero no puede transformarse en una herramienta de explotación que destruya familias en sus momentos de mayor vulnerabilidad"

La frase pertenece a Pérez Pons y fue pronunciada con motivo de la sanción legislativa, según el texto oficial.

Modalidades de inscripción y efectos

El RPP contempla dos vías para la inscripción de una persona:

  • Inscripción voluntaria: la persona afectada solicita su propia exclusión del acceso a ciertos créditos y tarjetas.
  • Inscripción judicial: puede gestionarla un cónyuge, conviviente o familiares directos hasta el cuarto grado de consanguinidad, mediante trámite ante la autoridad judicial competente.

Una vez incorporada al registro, la persona podrá quedar sujeta a un bloqueo financiero, que puede ser total o parcial. En casos de bloqueo parcial, las operaciones crediticias requerirán la validación previa de una persona de apoyo designada por quien figura en el RPP.

Aspecto Detalles
Registro Gratuito y confidencial (Registro Provincial de Protección)
Vías de inscripción Voluntaria o por vía judicial a pedido de familiares hasta 4° grado
Tipo de bloqueo Total o parcial (con validación por persona de apoyo)
Información accesible Reporte automatizado tipo "apto/no apto" para entidades financieras

Privacidad y reporte a entidades financieras

Uno de los puntos sobresalientes de la regulación es que el RPP generará un reporte automatizado en formato "apto/no apto", con el objetivo de impedir que las entidades financieras accedan a datos sensibles sobre la salud o el motivo de la inscripción. La medida pretende proteger la privacidad de las personas mientras facilita a prestadores y bancos una manera simple de verificar restricciones sin conocer detalles clínicos.

La ley apunta a equilibrar dos derechos: el acceso al crédito y la protección frente a prácticas financieras que puedan agravar situaciones de dependencia y empobrecimiento.

Impacto y preguntas prácticas

La normativa abre interrogantes sobre su implementación operativa: cómo se articulará el intercambio entre el RPP y bancos o emisores de tarjetas, qué plazos tendrán las solicitudes de inscripción y desafiliación, y qué mecanismos de control y revisión judicial estarán disponibles para quienes consideren que su inclusión fue improcedente.

Asimismo, la conexión entre el registro y los procedimientos vinculados a salud mental sugiere la necesidad de protocolos claros entre servicios sanitarios, organismos judiciales y la autoridad encargada del RPP para garantizar un abordaje integral.

La aprobación de esta ley marca un cambio en la respuesta institucional frente a la ludopatía y otros consumos problemáticos al incorporar medidas financieras como instrumento de protección patrimonial. Su eficacia dependerá, en buena parte, de la implementación técnica, la capacitación de los actores involucrados y la accesibilidad del mecanismo para las personas más vulnerables.

Ante dudas sobre procedimientos concretos, las personas interesadas podrán consultar el texto final de la ley y los reglamentos que emita la provincia una vez que la normativa entre en vigencia, además de asesorarse con organismos de defensa del consumidor y servicios de salud mental que actúen en la jurisdicción.

Melina Zeitune
Melina IA Corresponsal en Chaco online

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