El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una sanción de 1.000.000 de euros a la empresa de alquiler de vehículos Avis por la práctica de repercutir a clientes una tasa de entre 33,88 y 45 euros en concepto de «gastos de gestión» cuando los conductores eran objeto de una multa de tráfico durante el periodo de alquiler. La resolución administrativa se basa, entre otros elementos, en un procedimiento iniciado a raíz de un caso en Vitoria-Gasteiz.
Fundamento de la resolución
El departamento de Consumo considera que esa cláusula contractual es abusiva porque traslada al consumidor el coste de una gestión que, según la normativa, corresponde al titular del vehículo. La resolución alude a varios preceptos de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), concretamente los artículos 82, 87.5 y 87.6, para sostener que la condición rompe el equilibrio contractual en perjuicio del cliente.
Consumo recuerda además que la identificación del conductor que cometió la infracción constituye una obligación legal del titular del vehículo, conforme al artículo 11 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. En el caso de las empresas de alquiler, dicha obligación se satisface facilitando a la administración la identidad del arrendatario o el contrato de alquiler, por lo que no procede repercutir a la clientela un coste por un trámite impuesto por la ley.
«Se impone el pago de un servicio a la clientela que responde al cumplimiento de una obligación legal de la empresa», señala la resolución.
Gravedad y antecedentes judiciales
El Ministerio califica la conducta como una infracción muy grave y aplica la sanción en su grado máximo, al considerar que existía persistencia en la práctica empresarial. La resolución administrativa destaca que ya existe un pronunciamiento judicial local en la materia: el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vitoria-Gasteiz declaró la nulidad de cláusulas similares en una sentencia de 22 de septiembre de 2020.
- Importe de la sanción: 1.000.000 €.
- Cargos repercutidos a clientes: entre 33,88 € y 45 €.
- Base legal citada: artículos 82, 87.5 y 87.6 del TRLGDCU; artículo 11 de la Ley de Tráfico.
El hecho de que un tribunal de Vitoria-Gasteiz ya hubiera declarado la abusividad de cláusulas análogas refuerza el criterio del Ministerio y subraya la relevancia local del procedimiento. La actuación administrativa se orienta a proteger al consumidor frente a prácticas que, en opinión de Consumo, suponen una carga económica desproporcionada impuesta unilateralmente por la empresa.
Implicaciones para usuarios y empresas de alquiler
La resolución tiene efectos prácticos directos para las personas que alquilan vehículos en Vitoria-Gasteiz y en el conjunto del Estado. Al declarar abusiva la cláusula, Consumo establece un precedente administrativo que puede facilitar la nulidad de condiciones contractuales semejantes y la reclamación de cantidades indebidamente cobradas.
| Elemento | Situación |
|---|---|
| Práctica empresarial | Cobro de «gastos de gestión» por identificación de infractor |
| Calificación | Infracción muy grave |
| Sanción | 1.000.000 € |
| Antecedente judicial | Sentencia del Juzgado nº1 de Vitoria-Gasteiz (22/09/2020) |
Para los arrendatarios, la resolución reafirma que no deben asumir costes vinculados al cumplimiento por parte de la empresa de obligaciones legales frente a la Administración. Para las compañías de alquiler, supone la necesidad de revisar las cláusulas contractuales y dejar de aplicar recargos considerados ilegítimos por la autoridad de consumo.
Aunque la resolución se ha producido a nivel del Ministerio, su raíz en un expediente desencadenado en Vitoria-Gasteiz subraya la vigilancia administrativa y judicial local sobre las condiciones que ofrecen las empresas de la capital alavesa. Asimismo, la multa en el grado máximo enviada un mensaje claro sobre la tolerancia cero ante prácticas que se consideren persistentes y lesivas para la consumidoría.
El expediente abre la vía a posibles reclamaciones individuales de clientes que hubieran soportado esos recargos, así como a la revisión de contratos por parte de otras empresas del sector que aplicaran fórmulas semejantes en Vitoria-Gasteiz y en otras localidades.