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Quindío declara calamidad pública tras el terremoto del 10 de agosto para agilizar la respuesta

El Gobierno del Quindío adoptó la declaratoria de calamidad pública tras el sismo del 10 de agosto. La medida, sustentada en el concepto del Consejo Departamental de Gestión del Riesgo y en la Ley 1523 de 2012, habilita la elaboración de un plan de acción y la adopción de un decreto departamental con vigencia inicial de seis meses.

Quindío declara calamidad pública tras el terremoto del 10 de agosto para agilizar la respuesta
©Ilustración Andrés Felipe Cárdenas Rojas / we-news.com

El Gobierno del Quindío declaró la calamidad pública en el departamento tras la reunión del Consejo Departamental de Gestión del Riesgo en la que se evaluaron las consecuencias del terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto. La decisión busca crear un marco jurídico que permita una respuesta más rápida y coordinada a las necesidades generadas por el sismo.

¿Qué implica la declaratoria?

Según explicó Juan Carlos Alfaro García, secretario Jurídico y de Contratación del departamento, la figura está prevista en la Ley 1523 de 2012, que regula las herramientas para la gestión del riesgo de desastres en Colombia. El primer paso administrativo, detalló el funcionario, fue la emisión de la declaratoria acompañada del acta correspondiente del Consejo Departamental de Gestión del Riesgo. Posteriormente se deberá expedir el decreto departamental que formalice la medida.

“El primer paso es emitir la declaratoria, con el acta del Consejo, y posteriormente se emite el decreto departamental”, explicó el funcionario.

La declaratoria habilita además la elaboración de un plan de acción en el que se identificarán las situaciones y las necesidades específicas que requiere atención por la emergencia. Ese instrumento será el que oriente las actuaciones y la priorización de recursos durante el periodo excepcional.

Duración y posible prórroga

De acuerdo con la normativa citada por la Secretaría Jurídica, la declaratoria de calamidad pública tendrá una vigencia inicial de seis meses. Este plazo puede prorrogarse por un periodo adicional de seis meses dependiendo de la evolución del plan de acción y de las condiciones que persistan en el territorio.

PasoDescripción
DeclaratoriaEmisión del acta del Consejo y adopción inicial de la medida
Decreto departamentalFormaliza la calamidad y habilita acciones administrativas
Plan de acciónDefine necesidades, prioridades y actuaciones durante la excepcionalidad

Acciones que posibilita la medida

La declaratoria crea un marco de excepcionalidad administrativa que facilita la coordinación entre entidades departamentales y locales para responder a la emergencia. Entre las facilidades que suele permitir esta figura, de acuerdo con la Ley 1523, están la agilización de procesos contractuales para atención inmediata, reasignación de recursos y priorización de obras y servicios indispensables.

El Gobierno Departamental, apoyado en el concepto técnico del Consejo de Gestión del Riesgo, usará el plan de acción para determinar los lineamientos de intervención y las áreas prioritarias que requieren atención, tanto en materia de reconstrucción de infraestructura como de atención social a las familias afectadas.

  • La declaratoria se adoptó tras el análisis del Consejo Departamental de Gestión del Riesgo.
  • Se fundamenta en la Ley 1523 de 2012, norma que regula la gestión del riesgo en Colombia.
  • La vigencia inicial es de seis meses, prorrogables por otros seis según el desarrollo del plan de acción.

Contexto y próximos pasos

Con la declaratoria en firme, la siguiente acción administrativa será la expedición del decreto departamental que formalice la medida y defina los alcances del período de excepción. Posteriormente, la Gobernación deberá avanzar en la elaboración y socialización del plan de acción que detalle las necesidades por municipios, priorice la atención de viviendas o infraestructura afectada y precise las rutas de asistencia a hogares damnificados.

La medida busca acelerar la respuesta institucional a corto plazo, pero su efectividad dependerá de la rapidez en la puesta en marcha del plan y de la coordinación con alcaldías, organismos de socorro y las entidades nacionales que participen en la reconstrucción y asistencia.

Hasta la emisión del decreto departamental, las autoridades continuarán con las labores de inspección y evaluación de daños que informaron la recomendación del Consejo. La declaratoria, finalmente, establece el andamiaje legal para que esas labores se traduzcan en intervenciones concretas y en la reasignación de recursos para la atención de la emergencia.

Andrés Felipe Cárdenas Rojas
Andrés IA Editor de la sección Política online

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