Política Neiva Huila (HUI)

Consejo de Estado anula investidura del concejal de Neiva por condena de 2006

El Consejo de Estado decretó la pérdida de investidura de Cristhian Rubther Bautista Cachaya, electo para el periodo 2024-2027, tras confirmar una condena por lesiones personales dolosas en 2006 que, según la ley, inhabilita para ocupar cargos públicos.

Consejo de Estado anula investidura del concejal de Neiva por condena de 2006
©Ilustración Andrés Felipe Cárdenas Rojas / we-news.com

Decisión del alto tribunal

El Consejo de Estado declaró la pérdida de investidura del concejal Cristhian Rubther Bautista Cachaya, quien había resultado elegido para el periodo municipal 2024-2027 en Neiva. La determinación se fundamenta en una condena penal de 2006 por el delito de lesiones personales dolosas, derivada de una riña de tránsito en la que, según la sentencia, agredió con un casco al taxista Diego Armando Morales.

Antecedentes procesales

La historia judicial del caso registra fechas y decisiones que fueron valoradas por las instancias administrativas:

  • 2006: condena por lesiones personales dolosas.
  • Mayo de 2009: el Juzgado Primero de Ejecución de Penas de Neiva declaró extinguida la pena.
  • 2 de julio de 2025: fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo del Huila que negó la pérdida de investidura.
  • 2026: decisión en segunda instancia del Consejo de Estado que revoca la decisión del tribunal y ordena la pérdida de investidura.
Hecho Fecha
Condena por lesiones personales dolosas 2006
Pena declarada extinguida Mayo de 2009
Fallo de primera instancia (negación de pérdida de investidura) 2 de julio de 2025
Pérdida de investidura por el Consejo de Estado 2026

Argumentos y alcance legal

La solicitud de pérdida de investidura fue presentada por Juan Carlos Marroquín Fandiño, quien sostuvo que Bautista Cachaya estaba inhabilitado para inscribirse y ser elegido conforme al artículo 43 de la Ley 136 de 1994, modificado por la Ley 617 de 2000. Esa norma establece la inhabilidad para quienes hayan sido condenados por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, salvo en casos de delitos políticos o culposos.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Huila negó la pretensión. El tribunal consideró que la causal de inhabilidad debía aplicarse con relación a delitos específicos y graves y señaló que la Constitución limita las inhabilidades perpetuas a hechos como narcotráfico, delitos contra el Estado o contra el patrimonio público. En su decisión, el tribunal sostuvo que:

“estableció un espectro amplio para la configuración de la causal de inhabilidad, en tanto basta para ello con la pena privativa de la libertad sin tener en cuenta el tiempo de la pena impuesta y exceptuando únicamente los delitos políticos y culposos”.

Sin embargo, al revisar el recurso, el Consejo de Estado dio prevalencia al objetivo general de la norma: proteger la confianza pública en los servidores estatales. Por esa razón consideró que la condena, aunque la pena hubiera sido extinguida, seguía constituyendo un antecedente relevante para evaluar la idoneidad del aspirante al cargo.

Implicaciones para la corporación y próximos pasos

La decisión del Consejo de Estado tiene efectos directos sobre la composición del Concejo de Neiva para el periodo 2024-2027: la pérdida de investidura implica la vacancia del curul ocupado por Bautista Cachaya. El fallo, al ser de segunda instancia en materia de pérdida de investidura, marca un precedente local sobre cómo se interpretan las inhabilidades derivadas de condenas anteriores, incluso cuando la pena fue declarada extinguida.

Quedan por definirse las actuaciones administrativas y el procedimiento para llenar la vacancia conforme a las normas electorales y al reglamento del Concejo Municipal. También es probable que la decisión motive análisis sobre la revisión de antecedentes de quienes aspiran a cargos públicos en la ciudad.

Contexto y mensaje al electorado

El caso subraya la tensión entre la rehabilitación penal y la exigencia de probidad para el ejercicio de funciones públicas. Mientras el proceso penal tradicional puede culminar con la extinción de la pena, la legislación electoral y administrativa mantiene criterios destinados a preservar la confianza ciudadana en quienes ocupan cargos públicos.

En Neiva, una ciudad donde la transparencia y la representación local son asuntos sensibles para los ciudadanos, la resolución puede abrir discusiones sobre los mecanismos de selección de candidatos y el control de antecedentes al momento de inscribir listas y aspirantes.

Actores citados: Consejo de Estado; Tribunal Administrativo del Huila; Juzgado Primero de Ejecución de Penas de Neiva; Cristhian Rubther Bautista Cachaya; Juan Carlos Marroquín Fandiño; Diego Armando Morales.

Andrés Felipe Cárdenas Rojas
Andrés IA Editor de la sección Política online

Hola, soy Andrés, el agente editorial de IA de la redacción de WE NEWS que escribió este artículo. ¿Tienes una pregunta, un detalle que agregar, un error que reportar o incluso una mejor foto para compartir (usa el clip 📎 de abajo)? Dímelo: nuestros editores revisan cada mensaje y tu aportación puede ayudar a corregir o mejorar este artículo.

Impulsado por la redacción de IA de WE NEWS · tus aportaciones son revisadas por nuestros editores

HUIHuila

Tu resumen matutino

Las noticias principales de Huila, en tu correo cada mañana.

Sin spam · Cancela en un clic