La Justicia de la Segunda Circunscripción de La Rioja admitió un amparo presentado por vecinos de Chilecito y Famatina y dictó una medida cautelar que impide a la distribuidora provincial EDELAR cortar el suministro eléctrico a unos 200 usuarios incluidos en el expediente colectivo. La resolución, comunicada en las últimas horas, mantiene los valores tarifarios que se tomaron como referencia al presentar la acción judicial.
Qué dispone la cautelar y a quién alcanza
La medida es parcial y protege específicamente a las personas que firmaron el amparo; no se extendió de forma automática a la totalidad de los usuarios de las localidades afectadas, según confirmó la diputada provincial Gabriela Rodríguez, una de las impulsoras del reclamo comunitario.
| Concepto | Dato |
|---|---|
| Usuarios alcanzados | ~200 |
| Monto máximo de facturas cuestionadas | $700.000 |
| Rango de ingresos mensuales declarados | $200.000 - $400.000 |
Origen del conflicto
El conflicto se desató después de que vecinos recibieran facturas que consideraron impagables. En reuniones públicas realizadas en julio en Chilecito y en agosto en tribunales, más de 200 personas presentaron su caso ante la Justicia. Los montos de las boletas generaron el reclamo colectivo y, por consiguiente, la presentación del amparo.
La administración provincial defendió la vigencia de un cuadro tarifario congelado y atribuyó los aumentos en las facturas al mayor consumo invernal y a modificaciones en los subsidios nacionales. Por su parte, el presidente de EDELAR, Jerónimo Quintela, sostuvo que las tarifas provinciales no habían sido actualizadas desde abril y que el Estado absorbía el impacto de los incrementos aplicados a nivel nacional.
Alcances y límites de la decisión judicial
La cautelar no declaró la ilegalidad del cuadro tarifario en su conjunto, sino que otorgó un resguardo concreto y temporal: garantizar la continuidad del servicio y mantener los valores que se tomaron como referencia al inicio del amparo para quienes integran el expediente colectivo. Es decir, protege el suministro frente a cortes mientras se tramitan las cuestiones de fondo en la causa.
- Beneficiarios: usuarios que firmaron el amparo.
- Protección: impide cortes de suministro a esos firmantes.
- No alcanza: usuarios no incluidos en el expediente no quedan automáticamente cubiertos.
Contexto institucional y repercusiones
EDELAR opera como una sociedad anónima unipersonal y está mayoritariamente controlada por el Estado provincial desde 2014. La tensión entre usuarios y la distribuidora coloca en el centro la discusión sobre la aplicabilidad de tarifas, el efecto de los subsidios nacionales y la equidad en la facturación, especialmente cuando las boletas superan los ingresos familiares declarados.
Fuentes vinculadas al expediente señalaron que la cautelar constituye un primer amparo judicial para las familias que llevaron el caso a los tribunales, pero que la resolución no resuelve la discusión sobre la metodología de cálculo de las facturas ni sobre eventuales ajustes retroactivos.
Qué puede suceder a continuación
Con la medida cautelar en vigencia, la causa deberá avanzar hacia una evaluación del fondo del reclamo: la Justicia tendrá que analizar si correspondieron los montos facturados y si hubo errores o irregularidades en la aplicación tarifaria. En paralelo, EDELAR y la Provincia pueden optar por buscar mecanismos administrativos o acuerdos para morigerar el impacto en los usuarios afectados.
Mientras tanto, los usuarios alcanzados por la protección judicial conservarán el servicio de suministro eléctrico y los valores tomados como referencia en la presentación del amparo hasta que la Justicia resuelva sobre el fondo o se adopten acordadas administrativas que modifiquen ese escenario.
La situación mantiene la atención de organizaciones de consumidores y representantes legislativos provinciales, y deja abierta la discusión sobre políticas públicas para amortiguar el impacto de ajustes tarifarios en sectores con ingresos fijos o reducidos.