La Sección de lo Penal de la Audiencia de Málaga con sede en Melilla ha condenado a nueve años y medio de prisión a un agente de la Policía Nacional por la violación de una menor de 17 años a la que contactó a través de un anuncio de empleo. El tribunal considera probado que el procesado, un hombre de 32 años, utilizó la oferta de trabajo como excusa para acercarse a la joven y consumar la agresión.
Modus operandi y prueba
Según la sentencia, el acusado publicó anuncios en una plataforma de compraventa con una identidad distinta a la suya y, en uno de ellos, solicitó una niñera. La Audiencia concluye que dicha oferta era «un pretexto que ocultaba otras intenciones».
«un pretexto que ocultaba otras intenciones»
Tras obtener el número de teléfono de la adolescente, el agente mantuvo conversaciones por una aplicación de mensajería usando una tarjeta SIM que no estaba a su nombre. A pesar de conocer la minoría de edad de la chica, le llegó a ofrecer dinero a cambio de mantener relaciones sexuales e incluso propuso 30 euros por pasar alrededor de cuarenta minutos con él, según recogen los magistrados.
Los hechos
La joven, que respondió con evasivas y nunca accedió a las proposiciones, quedó finalmente con el hombre bajo el pretexto de hablar sobre el supuesto empleo. El condenado la recogió en su vehículo y la trasladó a un descampado, donde la agredió sexualmente pese a las negativas reiteradas de la víctima. Después de la agresión, el agresor retiró dinero en un cajero —70 euros—, entregó 20 euros a la menor y la dejó cerca de su domicilio, deshaciéndose después de la tarjeta telefónica empleada.
Denuncia y actuación institucional
La joven relató los hechos al día siguiente a la orientadora de su instituto y posteriormente acudió al hospital, donde fue atendida. También declaró ante la Policía, que instruyó las diligencias que llevaron al enjuiciamiento. La Audiencia subraya la coherencia del testimonio de la víctima, mientras que el acusado ofreció versiones contradictorias y quiso justificar algunos comentarios por el consumo de alcohol.
Penas y medidas accesorios
Además de la pena de prisión por los delitos de violación y corrupción de menores, la sentencia impone al agente la prohibición de acercarse a la víctima durante 16 años. La resolución judicial recoge tanto la calificación penal como las medidas de protección de la menor.
Contexto y repercusiones locales
El caso ha provocado conmoción en la ciudad autónoma de Melilla, donde la presencia de fuerzas de seguridad y la confianza en sus instituciones son cuestiones sensibles. La condena contra un miembro de la Policía Nacional por un delito grave contra una menor pondrá seguramente en el centro del debate público la necesidad de protocolos de selección, supervisión y sanción dentro de los cuerpos policiales, así como de herramientas preventivas para proteger a jóvenes frente a ofertas fraudulentas en plataformas digitales.
Prevención y consejos prácticos
Los hechos subrayan riesgos asociados al uso de internet y aplicaciones de mensajería por menores y la facilidad para eludir la identificación mediante tarjetas SIM o identidades falsas en plataformas. Entre las recomendaciones frente a este tipo de riesgos figuran:
- Verificar la identidad de quien ofrece empleo o contacto mediante canales oficiales.
- No facilitar información personal ni aceptar desplazamientos con desconocidos.
- Informar a tutores, orientadores o autoridades ante cualquier proposición económica o sexual.
- Denunciar inmediatamente en caso de agresión o comportamiento sospechoso.
Proceso judicial y etapas siguientes
La sentencia de la Audiencia de Málaga, con sede en Melilla, constituye la resolución penal de esta fase del proceso. La defensa del condenado puede interponer recurso ante instancias superiores si así lo decide. Por su parte, las autoridades locales y educativas mantendrán, previsiblemente, medidas de apoyo a la víctima dentro de las competencias correspondientes.
El fallo judicial y los detalles probados en la sentencia refuerzan la atención sobre la protección de menores en el entorno digital y la obligación de las instituciones de dar respuestas eficaces frente a delitos cometidos incluso por quienes ejercen funciones de seguridad pública.