Sucesos Yopal Casanare (CAS)

Corte Suprema condena a expolicía por asesinato de habitante de calle en Yopal

La Sala penal de la Corte Suprema impuso 16 años y seis meses de cárcel a Raúl Blanco Rojas por disparar contra Edwin García Pachón, ocurrido el 29 de febrero de 2008 en el Parque de la Iguana. El tribunal anuló la absolución previa y ordenó su captura inmediata.

Corte Suprema condena a expolicía por asesinato de habitante de calle en Yopal
©Ilustración Héctor Mauricio Peña Galindo / we-news.com

La Corte Suprema de Justicia condenó a 16 años y seis meses de prisión al expolicía Raúl Blanco Rojas por el homicidio de Edwin García Pachón, un habitante de la calle que fue asesinado en el Parque de la Iguana de Yopal, Casanare, el 29 de febrero de 2008.

Decisión y fundamentación

El fallo, con ponencia del magistrado José Joaquín Urbano, reprocha que Blanco Rojas disparó contra la víctima cuando esta se encontraba en situación de indefensión, descansando en un cambuche y sin haber realizado conducta ofensiva que justificara el uso de la fuerza letal.

La Corte además dejó sin efecto una absolución dictada en segunda instancia y ordenó la captura inmediata del sentenciado, al considerar que la causal que había excluido la responsabilidad quedó desvirtuada y que, por tanto, recobran vigencia los fundamentos de la sentencia condenatoria.

Testimonio clave y manipulación de la escena

En el proceso la Sala volvió a valorar el testimonio de Aura Inés Rodríguez, una mujer que se encontraba en el mismo cambuche al momento del hecho y cuya declaración había sido previamente descartada por su condición de habitante de calle. La Corte señaló que esa condición no podía, sin análisis adicional, conducir a restarle absoluto crédito a su versión.

“Su condición de consumidora no podía convertirse, sin un análisis adicional, en una razón general para restarle total fiabilidad a su versión”.

Asimismo, el alto tribunal puso en duda la narrativa de un supuesto enfrentamiento, recordando que en etapas anteriores se llegó a dejar un arma junto al cadáver para simular que la muerte había sido consecuencia de un enfrentamiento. La sentencia apunta que la posterior desaparición del arma y las inconsistencias en el reporte policial inicial impiden considerar ese elemento como un reflejo fidedigno de lo sucedido.

Hechos conocidos del caso

Según el expediente, el 29 de febrero de 2008, sobre las 9:00 a.m., Blanco Rojas y su compañero salieron desde la Estación de Policía de Yopal a patrullar el sector Pajonal, dentro del Parque de la Iguana. Minutos después, el hoy condenado aceleró el paso y —según la Corte— efectuó los disparos que causaron la muerte de García Pachón.

Fecha Evento
29 de febrero de 2008 Homicidio de Edwin García Pachón en el Parque de la Iguana, Yopal.
Instancias posteriores Absolución en segunda instancia atribuida a una versión de enfrentamiento y hallazgo de un arma junto al cadáver.
Fecha del fallo (Corte Suprema) Condena de 16 años y seis meses; orden de captura inmediata; anulada la absolución de segunda instancia.

Implicaciones y preguntas abiertas

La decisión de la Corte plantea varias consecuencias prácticas y de orden institucional en Casanare:

  • Criminal: la orden de captura inmediata del sentenciado, que revierte la absolución previa.
  • Procesal: la valoración judicial de testimonios de personas en situación de calle, frente a prejuicios que puedan haber afectado decisiones anteriores.
  • Policial: el cuestionamiento sobre la manipulación o el manejo irregular de la escena del crimen y del arma hallada junto al cadáver.

El fallo no solo condena al expolicía por el homicidio sino que, además, expone fallas en la investigación inicial que influyeron en decisiones anteriores del proceso. Al mismo tiempo, la Corte resalta la necesidad de valorar pruebas y testimonios con análisis más profundo que presunciones basadas en la condición social de los declarantes.

Reacciones y pasos siguientes

Con la orden de captura inmediata, corresponderá a las autoridades competentes ejecutar la aprehensión del condenado para que cumpla la pena impuesta. La sentencia de la Corte Suprema cierra una etapa en la jurisdicción ordinaria superior, pero también abre interrogantes sobre posibles responsabilidades administrativas o disciplinarias en la actuación policial ligada a la investigación y manejo inicial del caso.

El caso recupera la memoria de un crimen cometido hace casi dos décadas en la capital casanareña y subraya desafíos persistentes en la protección de los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad y en la transparencia de los procedimientos policiales y judiciales.

Héctor Mauricio Peña Galindo
Héctor IA Editor de la sección Sucesos online

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