El Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga ordenó medidas cautelares sobre la intención de la Lotería de Santander de vender un predio en el municipio de Málaga, donde actualmente funciona un centro vida para adultos mayores. Con esta decisión, el proceso de venta quedó suspendido mientras la administración de justicia revisa la demanda.
La acción popular fue presentada por el diputado Danovis Lozano, quien, según el documento radicado ante el despacho, cuestionó el procedimiento por presuntas irregularidades en la convocatoria y en los avalúos que sustentaron la operación.
"Lo logramos. Frenamos la venta del centro de adulto mayor de Málaga. Un bien público que el gerente de la Lotería quería vender de agache. La justicia nos dio la razón. Los adultos mayores y los bienes públicos se respetan"
En la demanda, el diputado detalla puntos concretos que motivaron la solicitud de suspensión: la existencia de un primer proceso declarado desierto por un precio inicial, la convocatoria posterior con un valor distinto y la participación, como compradores, de exfuncionarios locales.
Valores y compradores
Según el documento judicial, en la primera convocatoria el predio fue ofrecido por $900.000 millones, monto que no recibió oferentes y por eso se declaró desierto. En la segunda oportunidad, el precio de venta se fijó en $880.000 millones, con un plazo de pago de 36 meses. Los postores registrados en el proceso son el exalcalde de Cerrito, Henry Cárdenas Carvajal, y su hermano Edwin Cárdenas Carvajal.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Precio primera convocatoria | $900.000 millones |
| Precio segunda convocatoria | $880.000 millones |
| Plazo de pago | 36 meses |
| Compradores inscritos | Henry y Edwin Cárdenas Carvajal |
Observaciones que motivaron la acción
El escrito presentado por el diputado destaca, entre otras objeciones, las siguientes circunstancias que, a su criterio, afectan la legalidad y transparencia del proceso:
- El avalúo que sirvió de base para la convocatoria fue elaborado en abril de 2024 y, según la presentación, ya no estaría vigente al momento de abrirse la segunda licitación.
- La invitación a participar se publicó únicamente en la página web institucional de la entidad, sin figurar en SECOP II, la plataforma oficial de contratación pública.
- Se exigió a personas naturales demostrar arraigo en el municipio de Málaga, requisito que, según el accionante, restringiría la concurrencia de interesados.
La decisión del juez implica que la Lotería de Santander no podrá continuar con la trasferencia del inmueble hasta que se resuelva la acción popular y se verifiquen las posibles vulneraciones a derechos e interés colectivo señaladas en la demanda.
Gestión institucional y versiones
En el proceso de averiguación se intentó conocer la posición de la gerencia de la Lotería de Santander; la información recabada indica que el gerente, Herwin Peña, había expresado que no emitiría respuesta hasta que la Asamblea departamental realizara un debate de control político sobre el tema. La comunicación oficial de la entidad sobre el estado del predio permanece pendiente mientras la tutela judicial siga su curso.
La suspensión del procedimiento abre un lapso en el que las partes podrán presentar pruebas y alegatos ante el despacho judicial. El interés público gira en torno a la protección de la infraestructura que alberga servicios para la población mayor y a la correcta administración de un bien que pertenece a la sociedad santandereana.
Los habitantes de Málaga y organizaciones que atienden a adultos mayores estarán atentos al desarrollo del proceso, toda vez que la continuidad del centro vida depende de la conservación del predio o de la garantía de alternativas que permitan mantener el servicio.
La decisión del Juzgado Cuarto Administrativo subraya la importancia de la publicidad y la trazabilidad en los procesos de venta de bienes públicos, y plantea la necesidad de que las entidades externas e internas verifiquen que avalúos, convocatorias y pliegos cumplan las normas vigentes.