Decisión de Dimayor y alcance de la sanción
La División Mayor del Fútbol Profesional Colombiano (Dimayor) resolvió de manera definitiva la apelación presentada por Atlético Bucaramanga contra la sanción impuesta a su director técnico, Pablo Peirano. La resolución número 092 del 2026 confirmó la pena original: seis fechas de suspensión para el estratega uruguayo y una multa de $10.505.430, decisión que deja en firme el castigo adoptado por el Comité Disciplinario.
Motivos invocados por el organismo disciplinario
Según el boletín oficial citado por las agencias, la sanción se fundamenta en conductas consideradas agresivas y en el uso de lenguaje ofensivo durante el partido frente a Deportivo Cali, el pasado 30 de agosto en el estadio de Palmaseca. El informe disciplinario detalla que Peirano ingresó al terreno de juego para protestar decisiones arbitrales y que su comportamiento fue descrito como "airado y exaltado"; además, el documento señala que el técnico realizó empujones y confrontaciones que desencadenaron un altercado entre ambas escuadras.
"qué es lo que está pitando cagón, no ve que se metieron los hinchas a la cancha"
Consecuencias inmediatas para el club
La confirmación de la sanción implica que Peirano no podrá dirigir al primer equipo desde la banda durante seis partidos oficiales de liga. A nivel económico, la multa debe ser asumida por la institución en los términos señalados por la resolución. Para Atlético Bucaramanga, estas medidas repercuten tanto en la planificación deportiva como en la logística de partido: el cuerpo técnico deberá reorganizar las funciones en ausencia del director técnico y el club gestionará la defensa institucional frente a los efectos económicos y de imagen.
Resumen de la resolución
A continuación se sintetizan los datos oficiales contenidos en la resolución citada por los medios:
- Resolución: 092 del 2026
- Sanción: 6 fechas de suspensión para Pablo Peirano
- Multa: $10.505.430
- Motivo: entrada al campo, uso de lenguaje ofensivo y conducta agresiva que provocó confrontación
| Ítem | Detalle |
|---|---|
| Resolución | 092 de 2026 |
| Sanción | 6 fechas de suspensión |
| Multa | $10.505.430 |
Contexto y repercusiones deportivas
El episodio al que alude la resolución ocurrió durante la octava fecha de la Liga BetPlay II-2026, en el partido entre Bucaramanga y Deportivo Cali, y la sanción se deriva del informe arbitral y del análisis disciplinario posterior. La ratificación por parte de Dimayor cierra la vía administrativa de apelación utilizada por la institución santandereana, lo que obliga al club a aceptar la decisión y a planear cómo afrontar las próximas jornadas sin su timonel en el área técnica. Además, la sanción podría traer discusión pública sobre el comportamiento de entrenadores y la necesidad de protocolos más estrictos para prevenir ingreso de personal no autorizado al terreno de juego y confrontaciones entre clubes.
La confirmación del castigo también abre la posibilidad de ajustes en la organización del club durante los partidos: tendrán mayor visibilidad los asistentes técnicos y el equipo de preparación, quienes deberán asumir las funciones de dirección durante los compromisos en los que Peirano permanezca fuera. Desde el punto de vista institucional, la multa económica suma un costo directo al presupuesto del equipo en una temporada ya competitiva para la escuadra santandereana.
La resolución de la Dimayor, por tanto, no sólo sanciona una conducta puntual, sino que obliga al Atlético Bucaramanga a reconfigurar su estructura deportiva temporalmente y a enfrentar una sanción económica establecida por el ente rector del fútbol profesional colombiano.