La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha condenado a un hombre de 25 años y nacionalidad marroquí a seis años y siete meses de prisión por agredir sexualmente a una niña de 12 años en el ascensor de un centro de acogida de Roquetas de Mar y por amenazarla a ella y a su madre para que no denunciara los hechos.
Hechos y calificaciones penales
Según la resolución judicial, los hechos se produjeron el 14 de octubre de 2024 en el centro donde residían tanto la víctima como el condenado. El tribunal considera probado que el procesado siguió a la menor cuando ésta accedió al ascensor, aprovechó que no había más personas y la sujetó en la cara, le tapó la boca y le realizó tocamientos por encima de la ropa.
«agarró "con fuerza" de la cara, le tapó la boca con la mano "para impedir que gritara" y le realizó tocamientos por encima de la ropa»
La Audiencia aprecia dos delitos: un delito de agresión sexual a menor de 16 años sin acceso carnal y con violencia o intimidación, por el que impone seis años de cárcel, y un delito de amenazas no condicionales, castigado con siete meses de prisión. La pena impuesta es inferior a la solicitada por la Fiscalía, que reclamó nueve años por la agresión y dos por las amenazas; la defensa había pedido la libre absolución.
Pruebas y valoración judicial
El tribunal fundamenta la condena especialmente en el testimonio de la menor, que fue prestado como prueba preconstituida y que los magistrados califican de «firme y sólido». Además, la sentencia recoge el informe de los psicólogos, que consideraron que la narración de la menor aportaba información espontánea y coherente, descartando motivaciones para denunciar falsamente.
La víctima relató los hechos a su madre la misma noche en que se produjeron, tras un altercado entre la mujer y el procesado, y la progenitora presentó denuncia ante la Guardia Civil. En el juicio, el acusado negó la autoría y afirmó que a la hora de los hechos se encontraba en una comisaría para renovar su documentación; sin embargo, no aportó pruebas que avalaran esa versión y los trabajadores del centro que declararon no corroboraron su coartada.
Detalles de la condena
La sentencia impone las penas mencionadas y toma como base la consistencia del relato de la menor y los dictámenes psicológicos que acompañaron el proceso. La decisión judicial refleja la mayor parte de la valoración probatoria en favor de la versión de la víctima.
| Delito | Pena impuesta |
|---|---|
| Agresión sexual a menor de 16 años (sin acceso carnal, con violencia o intimidación) | 6 años |
| Amenazas no condicionales | 7 meses |
Reacciones procesales y contexto
La pena definitiva queda por debajo de las solicitudes de la Fiscalía y muy por encima de la petición de la defensa, que solicitó la absolución. El fallo resalta la falta de pruebas que sostuvieran la coartada ofrecida por el condenado en el acto de juicio.
- Fecha de los hechos: 14 de octubre de 2024.
- Víctima: niña de 12 años.
- Ámbito: centro de acogida en Roquetas de Mar, provincia de Almería.
La resolución evidencia la atención que las instancias judiciales y periciales han prestado al testimonio de la menor y a los informes psicológicos que lo avalaron. El caso subraya, además, la vulnerabilidad de menores en entornos de acogida y la necesidad de protocolos que garanticen su protección y una respuesta rápida ante denuncias de agresión.
La sentencia puede ser recurrida por las partes en los plazos y formas establecidos por la ley procesal, lo que determinará si la condena queda firme o se modifica en instancias superiores.