Un juzgado administrativo de Mocoa suspendió de forma provisional la propuesta de aspersión aérea con glufosinato de amonio en el departamento del Putumayo. La decisión judicial fue notificada en las últimas horas a los ministerios de Defensa y de Justicia, y ordena a la Policía Nacional y a la Dirección de Antinarcóticos abstenerse de “iniciar, continuar o ejecutar” el denominado “plan piloto”.
Fundamentos de la decisión
El Juzgado Segundo Administrativo de Circuito de Mocoa amparó, como mecanismo transitorio, varios derechos fundamentales: la vida, la salud, el debido proceso ambiental, la participación ciudadana, el acceso a la información pública ambiental, el agua y la integridad personal. En consecuencia, estableció la suspensión provisional del plan hasta que se entreguen los documentos y elementos técnicos relacionados con el agente químico detallado en la Resolución 7 de 2026.
“Advertir que la suspensión aquí ordenada tiene carácter estrictamente temporal y preventivo, y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad, conveniencia o constitucionalidad de la política estatal de erradicación de cultivos ilícitos”.
El juzgado deja claro que la medida es cautelar y de carácter preventivo: no resuelve de fondo la constitucionalidad o la pertinencia de la política estatal de erradicación, pero sí frena su ejecución hasta que se garantice información y protección de los derechos señalados.
Antecedentes judiciales en Putumayo
La decisión de Mocoa se suma a otra medida cautelar dictada el pasado 11 de septiembre por el Juzgado Tercero de Puerto Asís, que también aceptó una solicitud de suspensión presentada por la Fundación Tiempo de Cambios para la Transformación Social. En aquella acción se pidió proteger derechos relativos a la vida, la integridad personal, la salud, el agua, el ambiente sano, la participación ciudadana y la biodiversidad, por los riesgos que, según la organización, podría generar la aspersión aérea con glufosinato de amonio.
| Fecha | Órgano judicial | Medida |
|---|---|---|
| 11 de septiembre de 2026 | Juzgado Tercero de Puerto Asís | Medida cautelar que aceptó solicitud de suspensión |
| 26 de septiembre de 2026 | Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa | Suspensión provisional del plan piloto de aspersión aérea |
Requerimientos y efectos inmediatos
Según la providencia referida en la notificación, la suspensión se mantendrá hasta que las autoridades competentes entreguen una serie de elementos vinculados al agente químico conforme a la Resolución 7 de 2026. La orden alcanza a los ministerios de Defensa y Justicia, a la Policía Nacional y a la Dirección de Antinarcóticos, que deberán abstenerse de ejecutar cualquier acción relacionada con el plan piloto en el departamento.
- Alcance: suspensión provisional de la aspersión aérea con glufosinato en Putumayo.
- Autoridades afectadas: Ministerios de Defensa y Justicia, Policía Nacional, Dirección de Antinarcóticos.
- Derechos protegidos en la medida: vida, salud, agua, ambiente sano, participación y acceso a la información.
La resolución solicita la entrega de información técnica y ambiental que permita evaluar riesgos sobre la población, las fuentes hídricas, los cultivos lícitos, la biodiversidad y los insectos polinizadores, inquietudes que motivaron las acciones judiciales previas.
Implicaciones para la política antidrogas y el territorio
La nueva suspensión representa un freno temporal a la posibilidad de implementar aspersiones aéreas con glufosinato en Putumayo, una medida que el Estado ha planteado como opción en la estrategia de erradicación de cultivos ilícitos. Aunque la orden judicial no decide sobre la política en sí, obliga a las autoridades a transparentar información técnica y ambiental antes de continuar con cualquier intervención aérea.
En el contexto de Putumayo, un departamento con alta biodiversidad y extensas fuentes hídricas, las decisiones judiciales que priorizan la protección de derechos ambientales pueden condicionar los pasos operativos del Gobierno central y la Policía en materia de lucha contra los cultivos ilícitos.
Próximos pasos
La medida permanecerá vigente hasta que las autoridades entreguen los documentos solicitados por el juzgado y se subsanen las exigencias en materia de información y garantías constitucionales. La suspensión es temporaria y preventiva, por lo que las partes involucradas —ministerios y entidades operativas— deberán definir si cumplen con la entrega de los elementos requeridos o si impugnan la decisión ante las instancias judiciales pertinentes.
Mientras tanto, en Putumayo se mantiene la incertidumbre sobre la operación del llamado “plan piloto” y las implicaciones que podría tener cualquier medida de aspersión sobre la salud humana y el ambiente.